La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) condenó a la República Dominicana, mediante sentencia, y le ordena desconocer la aplicación de la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional y dejar sin efecto toda norma constitucional, legal, y reglamentaria con relación a los casos de la nacionalidad de descendientes de haitianos.
Responsabilizó al país de la expulsión de personas “haitianas y dominicanas”, violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre, a la nacionalidad y exigió adoptar las medidas de derecho interno para evitar que la Sentencia 168-13 del TC continúe produciendo efectos jurídicos.
“Adoptar las medidas necesarias para dejar sin efecto toda norma de cualquier naturaleza, sea ésta constitucional, legal, reglamentaria, administrativa o cualquier práctica o decisión o interpretación que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las niñas y niños nacidos en territorio de República Dominicana”, advirtió el organismo.
Exigió además adoptar las medidas legislativas, incluso, “si fuera necesario constitucionales, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que sea accesible y sencillo, de inmediatamente después de su nacimiento independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de sus padres”.
Advirtió también, luego de condenar a la RD al pago por daños material e inmaterial de costas y gastos, que supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y que dará por terminado el caso una vez el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.
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